¿Necesitan los ciudadanos mexicano un visado para viajar a Estados Unidos?
Sí. mexicanos normalmente necesitan un visado turístico B-2 o un visado de visitante combinado B-1/B-2 para viajar a Estados Unidos por turismo.
El visado B-2 se utiliza para visitas temporales como vacaciones, turismo, visitas a familiares o amigos, tratamiento médico y otros fines de corta duración permitidos.
El visado B-1/B-2 no autoriza a su titular a trabajar en Estados Unidos, cursar un programa académico completo ni permanecer permanentemente en el país.
Encontrará más información en la página oficial del U.S. Department of State sobre Visitor Visas.
¿Qué documentos se necesitan para un visado de Estados Unidos para mexicanos?
Al solicitar un visado B-1/B-2, los ciudadanos mexicano normalmente deben preparar:
- un pasaporte válido;
- la página de confirmación del DS-160;
- un comprobante del pago de la tasa de solicitud del visado, si lo solicita el consulado correspondiente;
- una fotografía para el visado si no se pudo cargar correctamente junto con el DS-160;
- cualquier documento adicional exigido por la Embajada o Consulado de Estados Unidos.
Los solicitantes pueden consultar los requisitos oficiales de fotografía para visados de Estados Unidos.
En la mayoría de los casos, el pasaporte debe seguir siendo válido durante al menos 6 meses más allá de la estancia prevista en Estados Unidos, salvo que la nacionalidad del solicitante esté exenta de esta norma.
El funcionario consular también puede solicitar documentos justificativos que demuestren:
- el propósito de la visita;
- el itinerario de viaje y el alojamiento;
- fondos suficientes para el viaje;
- los planes para abandonar Estados Unidos después de la visita;
- trabajo, estudios, negocios, familia u otros vínculos con el país de residencia.
Una carta de invitación de una persona en Estados Unidos y un Affidavit of Support normalmente no son obligatorios para un visado turístico. Ninguno de estos documentos garantiza la aprobación del visado.
Solicitud de visado turístico de Estados Unidos para ciudadanos mexicano
mexicanos que solicitan un visado de visitante B-1/B-2 normalmente siguen el siguiente proceso.
1. Completar la solicitud online. Los solicitantes deben enviar el formulario DS-160 a través del sistema oficial CEAC.
El formulario se completa online y en inglés. Normalmente solicita información personal, datos del pasaporte, información de contacto, historial laboral y educativo, viajes anteriores a Estados Unidos e información sobre el viaje previsto.
Los solicitantes deben asegurarse de que todos los datos sean correctos y coherentes con su pasaporte y demás documentos.
Después de enviar el formulario, los solicitantes deben guardar e imprimir la página de confirmación del DS-160 con el código de barras. Normalmente no es necesario imprimir la solicitud completa.
Las instrucciones del Department of State para el DS-160 pueden consultarse previamente.
2. Consultar las normas locales de solicitud. El siguiente paso es seguir las instrucciones de la Embajada o Consulado de Estados Unidos que tramitará la solicitud.
Esto es importante porque los procedimientos pueden variar entre misiones diplomáticas. Dependiendo del lugar, los solicitantes pueden necesitar:
- crear un perfil online de solicitante;
- registrar el número de confirmación del DS-160;
- seleccionar la categoría de visado correcta;
- elegir un método de entrega o recogida del pasaporte;
- pagar la tasa de visado;
- reservar una entrevista.
Los solicitantes deben seguir siempre las instrucciones publicadas por la embajada o consulado específico donde se tramitará su solicitud.
3. Pagar la tasa del visado B-1/B-2. La tasa estándar de solicitud de un visado B-1/B-2 es actualmente de USD 185.
La tasa oficial más reciente puede consultarse en la página de tasas de visado de Estados Unidos.
El método de pago depende de los procedimientos de la misión diplomática correspondiente. Los solicitantes deben conservar el recibo o la confirmación del pago si es necesario.
El pago no es reembolsable si el visado es denegado y no garantiza la aprobación.
Dependiendo de la nacionalidad del solicitante, también puede aplicarse una tasa separada de expedición del visado o de reciprocidad una vez aprobado el visado.
4. Seleccionar una fecha para la entrevista. Después de completar la etapa de pago, los solicitantes pueden reservar una entrevista de acuerdo con las normas de la embajada o consulado correspondiente.
Las estimaciones actuales sobre la disponibilidad de citas están publicadas en la página Global Visa Wait Times.
Los tiempos de espera reales pueden depender de la embajada o consulado, la categoría del visado, la época del año y la demanda actual.
Por lo general, la mayoría de los solicitantes deben realizar una entrevista, aunque pueden aplicarse excepciones limitadas a determinados solicitantes que renuevan un visado B-1/B-2.
Los solicitantes pueden consultar las condiciones más recientes en la página oficial Interview Waiver Update.
Incluso si un solicitante parece cumplir los requisitos para una exención de entrevista, un funcionario consular puede seguir solicitando una cita presencial.
5. Prepararse para la cita. Antes de la entrevista, los solicitantes deben reunir todos los documentos requeridos y cualquier prueba adicional solicitada o relevante para la solicitud.
El paquete básico de documentos normalmente incluye:
- un pasaporte válido;
- la página de confirmación del DS-160 con el código de barras;
- un comprobante del pago de la tasa de visado, cuando sea necesario;
- una fotografía para el visado si no se pudo cargar correctamente online;
- cualquier documento adicional solicitado por la Embajada o Consulado.
Los solicitantes también deben estar preparados para presentar pruebas relacionadas con el propósito del viaje, el alojamiento, los recursos económicos, el empleo o los estudios, la situación familiar y los vínculos con su país de residencia.
No siempre se solicitan todos los documentos justificativos, pero los solicitantes deben estar preparados para proporcionar información adicional si el funcionario consular lo considera necesario.
6. Hablar con el funcionario consular. Durante la entrevista, el funcionario consular revisa la solicitud y determina si el solicitante reúne los requisitos para obtener un visado B-1/B-2.
Es posible que los solicitantes deban explicar:
- el propósito de su viaje;
- la ruta prevista y la duración;
- las fechas del viaje;
- las condiciones de alojamiento;
- viajes anteriores a Estados Unidos;
- su trabajo, negocio o estudios actuales;
- cómo pagarán la visita;
- su situación financiera;
- sus vínculos con su país de residencia;
- por qué tienen previsto abandonar Estados Unidos después del viaje.
El funcionario puede comparar las respuestas del solicitante con la información proporcionada en el DS-160 y solicitar aclaraciones o documentos adicionales.
Los solicitantes deben responder a todas las preguntas de forma clara, precisa y coherente.
7. Esperar el resultado de la solicitud. Después de la entrevista, la solicitud de visado puede ser:
- aprobada;
- denegada;
- sometida a procesamiento administrativo adicional.
Si el visado es aprobado, el pasaporte normalmente se retiene temporalmente para colocar el visado en él. Después, el solicitante recibe el pasaporte según el procedimiento de entrega o recogida utilizado por la misión diplomática.
Si el caso requiere procesamiento administrativo, pueden realizarse verificaciones adicionales y se puede solicitar al interesado más información o documentos.
Si la solicitud es denegada, el solicitante normalmente recibe información sobre la base legal de la denegación.
Recibir un visado no crea automáticamente el derecho a entrar en Estados Unidos. El visado permite al viajero llegar a un punto de entrada de Estados Unidos y solicitar la admisión.
La decisión final sobre la admisión, incluida la duración durante la cual el viajero puede permanecer en el país, corresponde a U.S. Customs and Border Protection.
¿Es obligatorio el seguro médico para los ciudadanos mexicano que viajan a Estados Unidos?
En la mayoría de los casos, no. El seguro médico de viaje no es un requisito estándar para obtener un visado B-1/B-2 ni para entrar en Estados Unidos.
Aun así, es recomendable contar con un seguro, ya que los gastos médicos en Estados Unidos pueden ser elevados.
Una póliza de viaje puede ofrecer cobertura para:
- atención de emergencia;
- tratamiento después de una enfermedad o lesión;
- hospitalización;
- traslados médicos de emergencia;
- evacuación médica o repatriación.
¿Cuánto pagan mexicanos por un visado turístico de Estados Unidos?
La tasa básica para presentar una solicitud de visado B-1/B-2 es actualmente de USD 185.
Las tarifas oficiales más recientes pueden consultarse en el sitio web del U.S. Department of State.
Algunos ciudadanos mexicano también pueden tener que pagar una tasa de reciprocidad separada después de la aprobación del visado. La nacionalidad del solicitante puede determinar si se aplica esta tasa, cuántas entradas permite el visado y durante cuánto tiempo suele ser válido.
¿Durante cuánto tiempo es válido un visado de visitante de Estados Unidos para mexicanos?
La validez de un visado B-1/B-2 depende de la nacionalidad. Para los ciudadanos mexicano, se basa en las normas de reciprocidad entre Estados Unidos y el país correspondiente.
Dependiendo de estas normas, el visado puede tener un período de validez más corto o más largo y permitir una o múltiples entradas.
Tenga en cuenta que la validez del visado no equivale al tiempo que se permite permanecer en Estados Unidos en cada viaje.
La estancia autorizada real se determina cuando el viajero es admitido en el país y aparece en el registro I-94.
¿Pueden los ciudadanos mexicano prolongar el estatus B-1/B-2?
Sí, en determinadas circunstancias. Un ciudadano mexicano que desee permanecer más allá del período autorizado en el I-94 puede solicitar a U.S. Citizenship and Immigration Services tiempo adicional.
La solicitud generalmente se presenta antes de que expire la estancia actual mediante el Formulario I-539, Application to Extend/Change Nonimmigrant Status.
Los solicitantes deben tener en cuenta que existe una diferencia entre una prórroga del estatus y una prórroga del visado.
USCIS puede prorrogar la estancia autorizada en Estados Unidos, pero no prorroga el propio visado B-1/B-2.
Si ese visado caduca, normalmente deberá solicitarse un nuevo visado fuera de Estados Unidos antes de la siguiente visita.
Permanecer en el país después de que finalice el período autorizado puede provocar la pérdida del estatus, la cancelación del visado y futuras dificultades migratorias.
Para viajar a través de los Estados Unidos a otro país.
Visa de tránsito C
En general, un ciudadano de un país extranjero que desea ingresar a los Estados Unidos primero debe obtener una visa, ya sea una visa de no inmigrante para estadía temporal o una visa de inmigrante para residencia permanente. Las visas de tránsito (C) son visas de no inmigrante para personas que viajan en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos en ruta a otro país, con pocas excepciones. El tránsito inmediato y continuo se define como una salida razonablemente expedita del viajero en el curso normal del viaje según lo permitan los elementos y asume un itinerario preestablecido sin ningún privilegio de escala irrazonable. Si el viajero busca privilegios de escala para fines distintos al tránsito a través de los Estados Unidos, como visitar amigos o hacer turismo, el viajero tendrá que calificar para el tipo de visa requerida para ese propósito.
Si ya tiene una visa de visitante (B) válida, es posible que pueda usarla para transitar por los Estados Unidos. Si usted es ciudadano de un país participante, es posible que pueda transitar por los Estados Unidos en el Programa de Exención de Visa.
Propósitos de viaje que requieren una visa de tránsito (C) - Ejemplos:
- Un ciudadano extranjero que viaja a otro país que tendrá una breve escala en los Estados Unidos cuando la única razón para ingresar a los Estados Unidos es para transitar.
- Un pasajero que embarca desde un puerto extranjero en un crucero u otro buque que se dirige a otro país, que no sea los Estados Unidos, pero durante el curso del viaje, el buque hace puerto en los Estados Unidos sin intención de aterrizar en los Estados Unidos.
- Un miembro de la tripulación que viaja a los Estados Unidos como pasajero para unirse a un barco o avión en el que trabajará, proporcionando servicios para la operación. También necesitará una visa D de miembro de la tripulación, emitida con mayor frecuencia como una visa combinada C-1 / D.
- Un ciudadano extranjero que proceda en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos hacia o desde el Distrito de la Sede de las Naciones Unidas, de conformidad con las disposiciones del acuerdo de la Sede con las Naciones Unidas, requiere una visa de tránsito diplomático (C-2). Los viajes dentro de los Estados Unidos se limitarán a las inmediaciones de la ciudad de Nueva York.
Propósitos de viaje no permitidos en una visa de tránsito (C) - Ejemplos:
- Un ciudadano extranjero cuya escala en los Estados Unidos es para un propósito principal que no sea el tránsito, por ejemplo, para visitar amigos o visitas turísticas, requiere una visa de visitante (B).
- Un oficial de costas que busca ingresar a los Estados Unidos generalmente requiere una visa de visitante (B). Los oficiales costeros son empleados temporalmente cuando a un oficial de un barco extranjero se le concede permiso de residencia mientras el buque se encuentra en puertos de los Estados Unidos, siempre que el buque no permanezca en aguas de los Estados Unidos por más de 29 días. El oficial de costas puede entonces repetir el proceso con otro buque de la misma línea extranjera.
- Un miembro de la tripulación en un yate privado que navega desde un puerto extranjero que navegará en aguas de los Estados Unidos durante más de 29 días generalmente debe tener una visa de visitante (B).
- Un funcionario o empleado de una organización internacional designada asignada a los Estados Unidos puede pasar en tránsito inmediato y continuo a través de los Estados Unidos con una visa de la Organización Internacional (G-4).
Cómo aplicar
Debe tomar varios pasos para solicitar una visa. El orden de estos pasos y la forma en que los completa pueden variar en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos donde presente su solicitud. Consulte las instrucciones disponibles en el sitio web de la embajada o consulado donde presentará su solicitud.
1. Complete la solicitud de visa en línea
Solicitud de visa de no inmigrante en línea, Formulario DS-160 - Obtenga más información sobre cómo completar el DS-160.
Debe:
1) completar la solicitud de visa en línea y
2) imprimir la página de confirmación del formulario de solicitud para llevar a su entrevista.
2. Foto - Subirá su foto mientras completa el Formulario DS-160 en línea. Su foto debe estar en el formato explicado en los Requisitos de fotografía.
3. Programe una entrevista
Si bien las entrevistas generalmente no son requeridas para los solicitantes de ciertas edades, los funcionarios consulares tienen la discreción de requerir una entrevista de cualquier solicitante, independientemente de su edad. Debe programar una cita para su entrevista de visa, generalmente, en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos enel país donde vive. Puede programar su entrevista en cualquier embajada o consulado de los Estados Unidos, pero tenga en cuenta que puede ser difícil calificar para una visa fuera de su lugar de residencia permanente.
Tiempo de espera de la cita
Los tiempos de espera para las citas de entrevista varían según la ubicación, la temporada y la categoría de visa, por lo que debe solicitar su visa con anticipación.
Revise el tiempo de espera de la entrevista para el lugar donde se presentará:
Verifique el tiempo de espera estimado para una cita de entrevista de visa de no inmigrante en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos.
Para verificar el tiempo de espera estimado para una cita de entrevista de visa de no inmigrante en una Embajada o Consulado de los Estados Unidos, use este enlace, y para verificar la información sobre el tiempo de espera, visite el siguiente enlace.
Prepárese para su entrevista
Tarifas - Pague la tarifa de solicitud de visa no reembolsable, si está obligado a pagarla antes de su entrevista. Cuando su visa es aprobada, también puede pagar una tarifa de emisión de visa, si corresponde a su nacionalidad.
La información de tarifas se proporciona a continuación:
Tarifa de solicitud: 160$
Para obtener más información sobre las tarifas por el servicio de visa, visite el enlace.
Revise las instrucciones disponibles en el sitio web de la embajada o consulado donde solicitará para obtener más información sobre el pago de tarifas.
Reúna la documentación requerida
Reúna y prepare los siguientes documentos requeridos antes de su entrevista de visa:
1. Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos - Su pasaporte debe ser válido por al menos seis meses después de su período de estadía en los Estados Unidos (a menos que esté exento por acuerdos específicos del país). Si más de una persona está incluida en su pasaporte, cada persona que necesite una visa debe presentar una solicitud por separado.
2. Solicitud de visa de no inmigrante, página de confirmación del Formulario DS-160
3. Recibo de pago de la tarifa de solicitud, si debe pagar antes de su entrevista
4. Foto – Usted cargará su foto mientras completa el Formulario DS-160 en línea. Si la carga de la foto falla, debe traer una foto impresa en el formato explicado en los Requisitos de fotografía.
Es posible que se requiera documentación adicional
Revise las instrucciones sobre cómo solicitar una visa en el sitio web de la embajada o consulado donde lo solicitará. Se pueden solicitar documentos adicionales para establecer si usted está calificado.
Por ejemplo, los documentos adicionales solicitados pueden incluir evidencia que demuestre:
- Su propósito de entrada a los Estados Unidos es transitar mientras viaja hacia otro país y que tiene la intención de salir de los Estados Unidos;
- Su capacidad para pagar todos los costos mientras esté en los Estados Unidos; y/o
- Residencia en su país de origen y su intención de regresar allí.
- La prueba de sus arreglos de viaje posteriores y / o permiso para ingresar a otro país después de salir de los Estados Unidos puede ser evidencia suficiente de que su propósito para ingresar a los Estados Unidos es el tránsito. La evidencia de su empleo y / o sus lazos familiares también puede ser suficiente para demostrar que el propósito de su entrada a los Estados Unidos es solo tránsito y su intención de regresar a su país de origen. - Si no puede cubrir todos los costos mientras está en los Estados Unidos, puede mostrar evidencia de que otra persona cubrirá algunos o todos los costos de su viaje.
Asista a su entrevista de visa
Durante su entrevista de visa, un oficial consular determinará si usted está calificado para recibir una visa y, de ser así, qué categoría de visa es apropiada según su propósito de viaje. Deberá establecer que cumple con los requisitos de la ley de los Estados Unidos para recibir la categoría de visa que está solicitando.
Los escaneos de huellas digitales sin tinta se tomarán como parte de su proceso de solicitud. Por lo general, se toman durante su entrevista, pero esto varía según la ubicación.
Después de su entrevista de visa, su solicitud puede requerir un procesamiento administrativo adicional. El oficial consular le informará si es necesario un procesamiento adicional para su solicitud.
Cuando se apruebe la visa, puede pagar una tarifa de emisión de visa si corresponde a su nacionalidad, y se le informará cómo se le devolverá su pasaporte con visa. Revise el tiempo de procesamiento de la visa, para saber qué tan pronto su pasaporte con visa generalmente estará listo para ser recogido o entregado por el servicio de mensajería.
Información adicional
No podemos garantizar que se le emitirá una visa. No haga planes de viaje finales ni compre boletos hasta que tenga una visa.
A menos que se cancele o revoque, una visa es válida hasta su fecha de vencimiento. Por lo tanto, una visa estadounidense válida en un pasaporte vencido sigue siendo válida. Si tiene una visa válida en su pasaporte vencido, no la elimine de su pasaporte vencido. Puede usar su visa válida en su pasaporte vencido junto con un nuevo pasaporte válido para viajar y admisión a los Estados Unidos.
Obtenga más información sobre el tránsito por los Estados Unidos en el sitio web de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos.
Viajar con perros
Las reglas para traer a su perro a los Estados Unidos dependen de dónde ha estado el perro en los últimos 6 meses.
Todos los perros deben aparecer sanos a su llegada. Los perros que lleguen enfermos o heridos deberán someterse a un examen veterinario y pruebas a expensas del importador para descartar enfermedades que puedan propagarse a las personas.
Documentos requeridos en inglés
Las declaraciones escritas y cualquier documento deben estar en inglés o tener una traducción certificada al inglés. Una traducción certificada es una declaración firmada con membrete profesional emitida por un traductor con licencia que declara que la traducción es una representación precisa y verdadera del documento original. La traducción debe incluir el nombre, la dirección y la información de contacto del traductor y tener un sello firmante o un sello elevado con el número de licencia del traductor incluido. Un proveedor de servicios de traducción certificada se puede encontrar en línea.
Perro de países sin alto riesgo de rabia canina
Los perros que NO han estado en un país de alto riesgo en los últimos 6 meses pueden ingresar a los Estados Unidos a través de cualquier puerto de entrada, y los CDC NO requieren que los importadores presenten documentación de vacunación contra la rabia. Sin embargo, cuando su perro ingresa a los Estados Unidos, debe proporcionar una declaración escrita o verbal de que su perro solo ha estado en un país NO en alto riesgo durante al menos 6 meses o desde su nacimiento si es menor de 6 meses de edad. No hay límite para el número de perros.
Perros de países de alto riesgo de rabia canina
A partir del 10 de junio de 2022, las opciones para traer perros de un país de alto riesgo para la rabia en los últimos 6 meses dependerán de dónde se administraron las vacunas contra la rabia de los perros y el número de perros importados.
Todos los perros de países de alto riesgo deben:
- Tener al menos 6 meses de edad.
- Tener un certificado de vacunación antirrábica válido. Las reglas varían dependiendo de si el perro fue vacunado en los Estados Unidos o en un país extranjero (ver más abajo).
- Tener un microchip compatible con ISO para la identificación que figura en su certificado de vacunación contra la rabia.
Cumpla con los requisitos de la opción A, B o C a continuación.
Opción A: Un certificado válido de vacunación contra la rabia (RVC) emitido por los Estados Unidos. No hay límite para el número de perros con certificados válidos de vacunación contra la rabia emitidos por los Estados Unidos.
Su perro debe:
- Parecer saludable a la llegada
- Tener al menos 6 meses de edad
- Tener un número de microchip compatible con ISO en su certificado de vacunación contra la rabia
Ir acompañado de un certificado válido de vacunación contra la rabia emitido por los Estados Unidos a su llegada
- La vacuna contra la rabia debe ser administrada por un veterinario con licencia estadounidense en los Estados Unidos en o después de las 12 semanas de edad y al menos 28 días antes de la llegada si es la primera vacuna del perro.
- Las vacunas de refuerzo contra la rabia administradas en los Estados Unidos después de los 15 meses de edad son válidas de inmediato.
Llegue a uno de los 18 aeropuertos con una estación de cuarentena de los CDC:
Anchorage (ANC), Atlanta (ATL), Boston (BOS), Chicago (ORD), Dallas (DFW), Detroit (DTW), Honolulu (HNL), Houston (IAH), Los Ángeles (LAX), Miami (MIA), Minneapolis (MSP), Nueva York (JFK), Newark (EWR), Filadelfia (PHL), San Francisco (SFO), San Juan (SJU), Seattle (SEA) y Washington DC (IAD).
Nota importante: No se aceptarán certificados de vacunación contra la rabia de EE. UU. vencidos. Si el certificado de vacunación contra la rabia emitido por los Estados Unidos ha expirado, debe ingresar usando la Opción B o C (ver más abajo).
Opción B: Solicite y obtenga un permiso de importación de perros CDC válido antes de su llegada. Los CDC solo emitirán permisos para 2 perros por persona durante la suspensión.
Debe solicitar en línea un permiso de importación de perros de los CDC. Se recomienda aplicar al menos 6 semanas antes del viaje previsto.
Antes de comenzar el proceso, su perro debe:
- Tener al menos 6 meses de edad
- Tener un microchip
- Tener un certificado de vacunación antirrábica extranjero válido
- Tener un título serológico válido para la rabia de un laboratorio aprobado
Llegue a uno de los 18 aeropuertos con una estación de cuarentena de los CDC:
Anchorage (ANC), Atlanta (ATL), Boston (BOS), Chicago (ORD), Dallas (DFW), Detroit (DTW), Honolulu (HNL), Houston (IAH), Los Ángeles (LAX), Miami (MIA), Minneapolis (MSP), Nueva York (JFK), Newark (EWR), Filadelfia (PHL), San Francisco (SFO), San Juan (SJU), Seattle (SEA) y Washington DC (IAD).
Nota importante: Los permisos no se emitirán en los puertos de entrada. No se permiten apelaciones.
Opción C: Para perros sin un certificado de vacunación contra la rabia emitido por los Estados Unidos o un permiso de importación de perros de los CDC.
Tenga en cuenta:
- Esta es la única opción para las personas que importan 3 o más perros a los Estados Unidos.
- Parecer saludable a la llegada
- Tener al menos 6 meses de edad
- Tener un número de microchip compatible con ISO en su certificado de vacunación contra la rabia
Ir acompañado de un certificado de vacunación antirrábica válido a su llegada
- La vacuna contra la rabia debe ser administrada por un veterinario con licencia a partir de las 12 semanas de edad y al menos 28 días antes de la llegada si es la primera vacuna del perro.
- Las vacunas de refuerzo contra la rabia administradas después de los 15 meses de edad son válidas de inmediato.
Haga una reservación en uno de los centros de cuidado de animales aprobados por los CDC con los servicios de seguimiento necesarios* a expensas del importador (propietario).
El centro de cuidado de animales aprobado por los CDC determinará si el perro tiene un título válido de RVC y serología emitido en el extranjero.
Si no es válido RVC emitido en el extranjero: al perro se le negará la entrada.
Si es válido RVC emitido en el extranjero: la instalación aprobada por los CDC determinará si el perro tiene un título de serología de rabia válido
Si es válido el título: Cada perro debe ser examinado y revacunado con una vacuna contra la rabia con licencia de los Estados Unidos por un veterinario acreditado por el USDA en un centro de cuidado de animales aprobado por los CDC a su llegada a expensas del importador (propietario).
Si el título no es válido o no hay título: Cada perro debe tener una reserva para ponerse en cuarentena en un centro de cuidado de animales aprobado por los CDC durante 28 días después del examen y volver a vacunarse a expensas del importador (propietario).
Viajar con gatos
Los gatos domésticos están sujetos a inspección en los puertos de entrada.
Los CDC no requieren un certificado general de salud para ingresar a los Estados Unidos, aunque algunas aerolíneas o estados pueden requerirlos. Sin embargo, los gatos domésticos están sujetos a inspección en los puertos de entrada y se les puede negar la entrada a los Estados Unidos si tienen evidencia de una enfermedad infecciosa que puede transmitirse a los humanos. Si un gato parece estar enfermo, es posible que se requiera un examen adicional por parte de un veterinario con licencia a expensas del propietario en el puerto de entrada.
No se requiere que los gatos tengan prueba de vacunación contra la rabia para su importación a los Estados Unidos. Sin embargo, algunos estados requieren la vacunación de los gatos contra la rabia, por lo que es una buena idea consultar con las autoridades de salud estatales y locales en su destino final.
Todos los gatos domésticos que llegan al estado de Hawai y al territorio de Guam , incluso desde el continente estadounidense, están sujetos a requisitos de cuarentena impuestos localmente.
What cannot be imported into the United States?
Anyone can familiarize themselves with the list of prohibited goods on the website of the US Customs and Border Protection Service.
Therefore, it is strictly forbidden to import:
- absinthe (due to its content of the narcotic substance thujone, banned in the USA);
- narcotic and potent drugs (including over-the-counter medicines);
- pornographic materials (magazines available for free sale are not taken into account);
- lottery tickets;
- soil;
- materials (in printed and electronic form) of extremist content;
- objects that may pose a danger (fireworks, dangerous toys, toxic or poisonous substances);
- weapons or ammunition - automatic, semi-automatic, assault weapons, special equipment (silencers, night vision devices), grenades, explosives;
- spring knives;
- some goods from countries subject to sanctions (Cuba, Iran, Sudan, Myanmar, North Korea);
- a number of animals: primates, most species of parrots and turtles;
- meat of wild animals, eggs, feathers, skins, fangs of wild animals;
- some plants, cuttings and seeds are not prohibited, but require special permission from the Animal and Plant Health Inspection Service.
What can't be carried in hand luggage?
You cannot take with you on board:
- dangerous as well as safe razors (with a separate blade);
- any weapon, any means of self-defense;
- tools: any knives, scissors, axes, nippers, any tools longer than 7 inches (17.5 cm);
- sports equipment: bats, sticks, arrows, darts, skates, rollers, ski poles, rackets, fishing rods;
- combustible and explosive substances: fireworks, firecrackers, firecrackers, pistons, cartridges, gunpowder;
- acids, radioactive, toxic, flammable liquids and gels - paints, varnishes, solvents, cylinders for lighters;
- aerosols, fire extinguishers, other explosive containers under pressure;
- objects with a strong magnetic field.
even during the flight at any of the US international airports, flight attendants issue a customs declaration to passengers, in which the imported items, including money, should be indicated. This form should be given to the border guard after landing.
Restrictions on transportation of goods
Certain goods are restricted by US customs regulations, such as:
1. Alcohol and tobacco products. From the age of 21, up to 1 liter of alcohol and no more than 200 cigarettes or 50 cigars or 4.4 pounds (2 kg) of smoking tobacco can be imported into the United States. You will have to pay a tax for "excess".
2. Presents. Without paying tax, you can import gifts worth no more than $100 per person, no more than once every 6 months and provided that you stay in the country for at least 72 hours.
3. Animals To bring a pet to the United States, the owner must provide an international veterinary certificate.
4. Food. All of them must be indicated in the declaration, otherwise there is a risk of a fine.
5. Medicine. Medicines in liquid form are allowed in hand luggage of about 100 g. There is no need to place medically necessary liquids in a ziplock bag. However, such medications should be reported to the officer. Medically necessary liquids will be subject to additional screening, which may include a request to open the container.
6. Weapon. US customs regulations allow the importation of only hunting weapons and their ammunition.
7.Books and digital media. Books and CDs can be imported almost without hindrance, as long as they are not pirated copies.
8. Money. Customs regulations do not limit the total amount of imported funds, but if the amount exceeds $10,000, then a special form must be filled out. Cash includes bills and coins of the United States and other countries, traveler's checks, postal orders, and securities.
What is forbidden to export from the USA?
All objects of national, cultural or historical value should be transported across the border only with the appropriate permission from the authorities.
Printed photos, paintings and any other graphic materials whose authorship is unknown cannot be exported. Negatives and photographic film, and goods infringing copyright cannot be transported across the border.