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Bolívar venezolano (VEB)Reconoce la doble ciudadanía
noCovid
No hay restricciones de COVIDInsurance policy
Se recomienda póliza de seguroValidez mínima del pasaporte
al menos 6 mesesObtención de la ciudadanía
Residencia permanente
La Visa TR-L (Transeunte Laboral)
Inversores Visa TR-I
Visitante Venezolano de Relaciones Familiares TR-FV
Visa Religiosa TR-REL
Las cuestiones relativas a la adquisición de la ciudadanía están reguladas por la Constitución de Venezuela. La ley utiliza el derecho de nacimiento y el derecho a la sangre (origen étnico). Un niño nacido en la República de Venezuela adquiere la ciudadanía independientemente de la nacionalidad de sus padres.
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Los extranjeros pueden obtener la ciudadanía por naturalización. Los solicitantes deben ser residentes en Venezuela, pasar una prueba de ciudadanía y cumplir con los requisitos de residencia permanente antes de solicitar la naturalización al gobierno venezolano:
- Toda persona que haya residido legalmente en Venezuela por 10 años consecutivos.
- Ciudadanos nacidos en España, Portugal, Italia, América Latina o el Caribe, y que residen legalmente en Venezuela durante 5 años consecutivos.
- Menores de edad de origen extranjero cuyos padres adquirieron la ciudadanía venezolana por naturalización y han residido legalmente en Venezuela durante 5 años. La declaración de ciudadanía debe ser hecha por un menor de 21 años.
- Esposa o esposo de un ciudadano venezolano que haya estado casado y haya vivido en Venezuela por 5 años consecutivos.
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En general, no se reconoce la doble nacionalidad. Sólo hay una excepción para los niños menores de 25 años, que en determinadas condiciones (véase supra) pueden tener dos nacionalidades. Si al cumplir los 25 años no se renuncia a otra ciudadanía, se pierde la venezolana.
Para solicitar el estatus de residente, un extranjero ya debe estar viviendo en Venezuela con una visa temporal, como para estudiantes o empresarios. Usted debe solicitar un documento de identidad nacional llamado cédula. Esta tarjeta le identifica como residente y le da un número de identificación que comienza con la letra E seguida de una cadena de números.
La Cédula solo puede ser emitida en Venezuela por la Dirección de Extranjería, o DiEx, una rama del Ministerio del Interior y Justicia.
El estatus de residencia debe ser renovado cada cinco años y se perderá si usted sale de Venezuela por dos años continuamente.
Los residentes extranjeros venezolanos tienen derecho a los mismos programas contra la pobreza y de seguridad social que los ciudadanos. Para ello, deben obtener una tarjeta de misión. Los residentes extranjeros tienen esencialmente los mismos derechos que los ciudadanos, pero sus derechos políticos son limitados. Por ejemplo, aunque los residentes extranjeros pueden votar en las elecciones municipales y parroquiales, no pueden votar en las elecciones estatales o nacionales.
La Visa TR-L (Transeunte Laboral) y el permiso de trabajo no residente, emitido originalmente por un año con posibilidad de renovación, se aplican a los extranjeros que ingresan a Venezuela como trabajadores temporales de una organización venezolana. Tenga en cuenta que un contrato local debe celebrarse con la organización venezolana. Después de tres años de estatus de no residente, usted puede cambiar su estatus de residente en el país.
Se proporciona a las personas que, con la ayuda de un documento verificado, demuestran que han establecido contactos y que la inversión ha sido aceptada por las organizaciones oficiales pertinentes de Venezuela. La inversión mínima es de 100.000 dólares estadounidenses.
Una visa de inversionista se emite por tres años con la posibilidad de entrada múltiple sin restricciones permanentes. Al final de este período, la parte pertinente podrá solicitar una prórroga de hasta dos años, y después de esta segunda prórroga, puede solicitar el estatuto de residente permanente hasta que se cumplan con éxito los requisitos establecidos por el Ministerio del Interior, Justicia y Paz. Si y cuando la pareja, los niños menores de 18 años, los padres del titular de la visa de inversión se trasladan al país para establecerse con él, se les concederá una visa familiar (TR-F).
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Documentos:
- Un pasaporte válido por al menos seis (6) meses.
- Documento que confirma la residencia en el país.
- Llene el formulario de solicitud de visa.
- Dos fotos en color con un fondo blanco de 3 4 cm (tamaño pasaporte)
- Presentación de documentos que confirmen que se han establecido contactos en Venezuela y que la inversión ha sido aceptada por la organización oficial pertinente de Venezuela (Oficina de Supervisión de Inversiones Extranjeras SIEX)
- Estados de cuenta bancarios confirmando la solvencia del inversionista. La cantidad mínima es de 10.000 dólares estadounidenses
- Verificación de antecedentes penales
- Información general sobre la salud
- Tasa consular equivalente a $ 60.00 estadounidenses.
Expedido al cónyuge de un ciudadano venezolano únicamente si el matrimonio tuvo lugar en un país extranjero y está inscrito en el consulado de Venezuela; para los hijos económicamente dependientes menores de 18 años; así como los padres o padres de familia con confirmación legal previa de las relaciones familiares. Este tipo de visa se emite por un año, entrada múltiple y permite a su titular permanecer en el país por un período ilimitado. Una vez en el país, el solicitante puede solicitar continuar la visita. Los extranjeros que hayan estado en el territorio de la República por lo menos un año ininterrumpidamente con visa para visitar a una familia venezolana, y sus respectivos familiares que tengan visa, pueden solicitar el estatus de residente por el Ministerio del Interior y Justicia, que debe renovarse cada cinco años.
Se expide a los sacerdotes visitantes o a los miembros de una orden religiosa que entran en Venezuela en relación con el cumplimiento de sus deberes religiosos. Un visitante de la categoría de orden religiosa se emite por un año con entrada múltiple y permite a su portador permanecer en el país durante un año. Previa solicitud, el Ministerio del Interior y de Justicia puede prorrogar otro año más el StanNFAF en el país.
Los extranjeros que hayan permanecido en el territorio de la República por lo menos un año ininterrumpidamente con un visado religioso, y los miembros de sus familias que tengan el visado correspondiente, podrán, previa solicitud, obtener el estatuto de residente por el Ministerio del Interior y de Justicia; que se renueva cada cinco años.
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