¿Cuánto tiempo puedo permanecer en España sin visado?
La duración de su estancia sin visado en España depende de su nacionalidad. Si es titular de uno de los siguientes pasaportes, puede entrar en España sin visado y permanecer hasta 90 días:
- Estados miembros de la UE y el EEE: si desea permanecer más tiempo, debe registrarse ante las autoridades españolas competentes.
- Australia, Israel, Japón, Canadá, Nueva Zelanda, la República de Corea del Sur o los Estados Unidos de América - debe obtener un permiso de residencia en los tres meses siguientes a su llegada a España si desea permanecer más tiempo.
- Países sin visado para entrar en España - deberá obtener un visado español de larga duración de su país de residencia si desea permanecer más tiempo.
- En cambio, si es titular de un pasaporte de alguno de los países que aún no han firmado un acuerdo de viaje sin visado con el espacio Schengen, deberá obtener un visado antes de viajar a España o a cualquier otro Estado miembro de Schengen.
Tipos de visados Schengen
Además de los visados turísticos Schengen, existen otros tipos de visados Schengen que permiten la entrada de visitantes con distintos fines, incluidos el tránsito y los negocios.
Documentos y requisitos para solicitar un visado Schengen
Para solicitar con éxito un visado Schengen, los solicitantes deben aportar los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de visado (cumplimentado sin errores).
- Dos fotos recientes de pasaporte (últimos tres meses).
- Pasaporte válido (validez mínima de tres meses con al menos dos páginas en blanco).
- Itinerario de viaje (documento con fechas y números de vuelo que indique los puntos de entrada y salida en el espacio Schengen).
- Seguro médico (documentos de la aseguradora).
- Justificante de alojamiento (prueba de dónde se alojará durante su estancia en Schengen).
- Una carta del organizador del viaje (si viaja con una agencia de viajes).
- Justificante de fondos suficientes (que demuestre que dispone de dinero suficiente para financiar su viaje).
- Certificado de situación laboral (si trabaja por cuenta ajena, es decir, un contrato de trabajo).
- Declaración de la renta (si es empresario individual).
- Para estudiantes: confirmación de inscripción en una universidad o escuela superior.
- Para los menores: certificado de nacimiento, carta de consentimiento de los padres, copias de los pasaportes de ambos padres/tutores.
Requisitos de entrada
- Entrada por un puesto de control autorizado.
- Presentar un documento de identidad y un documento de viaje válido.
- En caso necesario, mostrar un visado adecuado a la nacionalidad.
- Acreditar el cumplimiento de las condiciones de estancia propuestas y la disponibilidad de recursos económicos suficientes.
- No tener prohibida la entrada en España.
Todas las personas que entren en España por tierra, mar o aire deben presentar al menos un documento a la Policía de Fronteras. Los documentos que debe traer consigo al viajar a España dependen de su nacionalidad.
Si procede de un país de la UE, sólo necesita un documento de identidad o pasaporte en vigor.
Sin embargo, si no procede de la UE, tendrá que presentar varios documentos a la policía de fronteras cuando llegue a un puerto de entrada español.
Se trata de los siguientes documentos
- Pasaporte o documento de viaje en vigor. Válido durante al menos tres meses después de su fecha prevista de salida de Schengen y expedido en los últimos 10 años.
- Visado - si está sujeto al régimen de visados español.
- Prueba de residencia. Un documento que indique dónde se alojará durante su estancia en España.
- Billete de vuelta. O una prueba de viaje posterior si no tiene previsto regresar a su país de origen tras su estancia en España.
- Documentos que confirmen su propósito de entrada.
El guardia de fronteras español le pedirá que le proporcione estos documentos. También puede hacerle algunas preguntas relacionadas con su viaje a España, por ejemplo
- ¿Cuál es el motivo de su visita a España?
- ¿Cuánto tiempo va a permanecer en España?
- ¿Dónde tiene previsto alojarse en España?
TENGA EN CUENTA que la Policía de Fronteras tiene derecho a denegarle la entrada en España si considera que hay algo incorrecto en sus documentos o en el propósito de su entrada en España. Si el agente español de fronteras llega a la conclusión de que usted no supone un riesgo para España, se le permitirá la entrada en España y, por tanto, en el espacio Schengen, una vez comprobados sus documentos.
Asegúrese de que, cuando entre en España, el guardia fronterizo español selle su pasaporte. Sin sello, puede ser multado o retenido en España.
Para ver los monumentos españoles, el viajero necesita un visado si no tiene pasaporte biométrico. Una de las condiciones para su expedición es la necesidad de contratar un seguro de viaje en España.
La tasa de solicitud de un visado turístico a España es de 90 euros , mientras que hay que pagar 45 euros por los niños de 6 a 12 años y es gratuita para los niños de 0 a 6 años. Pero dependiendo de su nacionalidad puede que tenga que pagar una tasa inferior.
Tasa de visado Schengen para ciudadanos de la Federación Rusa, Ucrania, Albania, Bosnia y Herzegovina, Macedonia, Montenegro, Serbia, Moldavia y Georgia: 35 euros.
¿Por qué necesita un seguro de viaje?
La principal misión de la póliza es transferir la responsabilidad financiera de los gastos médicos en el extranjero del viajero a la compañía de seguros. Cuantos más eventos asegurados se incluyan en el documento, mejor protegida estará una persona en el extranjero.
Además, el seguro de viaje a España es obligatorio para los viajeros que no tengan pasaporte biométrico, ya que la presencia de un documento es uno de los requisitos previos para expedir un visado Schengen.
Para ser aceptado, el documento debe cumplir los siguientes requisitos
- cobertura mínima del seguro de 30.000 euros;
- validez de la póliza en todos los países Schengen.
Visado de tránsito para España
Este visado le permite transitar por España para llegar a un país de destino fuera del espacio Schengen.
Existen dos tipos de visados de tránsito a España:
- Tránsito aeroportuario. Puede solicitar este visado si necesita transitar por un aeropuerto de España para cambiar de vuelo y llegar a su destino.
- Tránsito Marítimo. Debe solicitar este visado si es usted marino y necesita desembarcar en un puerto español para enviar un barco a un país fuera del espacio Schengen.
Visado de tránsito aeroportuario (tipo A)
La gran mayoría de los pasajeros no necesitan un visado Schengen para transitar por un aeropuerto. Los visados permiten a los viajeros cambiar de vuelo en un aeropuerto Schengen siempre que no salgan de la zona de tránsito designada. Los visitantes no pueden salir del área de tránsito internacional con un visado de tránsito Schengen.
Los visados de tránsito de tipo A sólo permiten un transbordo en un aeropuerto; si alguien necesita transitar por dos o más aeropuertos, se necesita un visado Schengen normal (tipo C).
Sólo se exige visado de tránsito a los ciudadanos de los siguientes países para viajar a un aeropuerto Schengen:
- Afganistán
- Bangladesh
- Congo
- Eritrea
- Etiopía
- Ghana
- Irán
- Iraq
- Nigeria
- Pakistán
- Somalia
- Sri Lanka
Para más información, visite el sitio
web.
Qué puede traer a España: normativa aduanera
Antes de viajar a España, debe saber qué mercancías puede o no puede transportar a través de la frontera, cuánto dinero, cigarrillos, alcohol y otros artículos puede traer libres de impuestos para evitar una multa.
A continuación figura una lista de mercancías y artículos que pueden importar libres de impuestos los pasajeros que lleguen a la Península, así como a las Islas Canarias y Baleares, procedentes de países no pertenecientes a la UE (en particular, Ucrania, Rusia y Bielorrusia):
Divisas
Normas para la importación y exportación de divisas:
- Deben declararse los importes superiores a 10.000 euros o su equivalente en otra moneda (incluidas las transferencias bancarias y los cheques de cualquier tipo).
Productos del tabaco
- 200 cigarrillos;
- 50 puros;
- 250 g de tabaco para fumar.
Los productos del tabaco pueden ser importados por mayores de 17 años.
Bebidas alcohólicas
- 1 litro de bebidas alcohólicas fuertes de más del 22% o de alcohol etílico no desnaturalizado de más del 80%;
- 2 litros de bebidas alcohólicas o aperitivos a base de vino o bebidas similares con una graduación inferior al 22%, vinos espumosos o licores;
- 4 litros de vino;
- 16 litros de cerveza.
Las bebidas alcohólicas pueden ser importadas por mayores de 17 años.
Medicamentos
- Según las necesidades del viajero.
Productos de origen animal
No se permite su importación en España:
- Carne y leche y cualquier producto procedente de países no comunitarios, salvo cantidades limitadas de Andorra, Croacia, Islas Feroe, Groenlandia, Islandia y pequeñas cantidades de determinados productos procedentes de otros países.
Armas y municiones
- Las importaciones procedentes de Rusia y Siria están totalmente prohibidas.
- Para los demás países, hay que obtener previamente un permiso de la policía (España).
- Para las armas de caza: no se aplican requisitos especiales para la importación temporal, salvo que las armas de caza deben declararse a la llegada.
Tasas de aeropuerto
- Las tasas aeroportuarias no se cobran a los pasajeros cuando aterrizan en los aeropuertos españoles.
Para más información y asesoramiento sobre la normativa aduanera española, visite el sitio web oficial de la Administración Federal de Aduanas.