Tarjeta Verde de EE. UU. 2026: Nuevas Reglas de USCIS para Titulares de Visas Temporales Explicadas
Índice
- ¿Qué cambios ha anunciado el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) con respecto a la tarjeta de residencia y por qué son importantes?
- ¿Cuál era el procedimiento para obtener la Tarjeta Verde antes y cómo ha cambiado todo?
- ¿A quién se aplica el memorándum?
- Lo que no está claro ahora y por qué importa
- ¿Qué significa esto en la práctica?
- ¿Qué hacer ahora?
- Contexto general: una tendencia, no una excepción
Estados Unidos ha cambiado el enfoque para obtener una tarjeta verde para titulares de visas temporales, y esto se aplica a ciudadanos de cualquier país. Descubre lo que significa el nuevo memorando de USCIS PM-602-0199, a quién afecta, qué no está claro actualmente y cómo prepararte para los cambios en el proceso de obtención de residencia permanente en América
El 22 de mayo de 2026, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) emitió un memorando que modifica el procedimiento establecido para obtener la residencia permanente en el país. Miles de personas en todo el mundo que llevaban años planeando su camino hacia la tarjeta de residencia estadounidense se ven ahora obligadas a replantearse sus estrategias.
En este artículo se describe qué les espera a los titulares de visas temporales tras el cambio en el procedimiento para obtener la tarjeta de residencia estadounidense.
¿Planea mudarse, trabajar o estudiar en el extranjero? Un abogado de inmigración le ayudará a comprender las normas del país de destino, a preparar la documentación completa y a evitar rechazos en todas las etapas, desde la presentación de la solicitud hasta la obtención del permiso. Independientemente de su nacionalidad, el propósito del viaje o el destino final, el asesoramiento profesional le ahorrará tiempo, dinero y preocupaciones.
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¿Qué cambios ha anunciado el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) con respecto a la tarjeta de residencia y por qué son importantes?
El documento con un extenso título oficial —Memorando de Política PM-602-0199 “El Ajuste de Estatus es una Cuestión de Discreción y Gracia Administrativa”— a primera vista parece una mera formalidad burocrática. Sin embargo, tras su lenguaje formal se esconde una profunda revisión de cómo y dónde los extranjeros pueden solicitar la residencia permanente en Estados Unidos.
La esencia de los cambios se resume en lo siguiente: el USCIS ya no considera el cambio de estatus dentro de Estados Unidos (el llamado Ajuste de Estatus o AOS) como un procedimiento estándar. De ahora en adelante, se trata de una “forma excepcional de asistencia” que el gobierno otorga a su discreción únicamente en “circunstancias extraordinarias”. El trámite consular vuelve a ser la vía habitual, es decir, presentar la solicitud de la tarjeta de residencia a través de una embajada o consulado estadounidense en el extranjero.
En resumen: si se encuentra en Estados Unidos con una visa temporal y sueña con la residencia permanente, lo más probable es que primero deba regresar a su país de origen.
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¿Cuál era el procedimiento para obtener la Tarjeta Verde antes y cómo ha cambiado todo?
Durante décadas, el sistema de Ajuste de Estatus permitía a los ciudadanos extranjeros que ya se encontraban en Estados Unidos solicitar la Tarjeta Verde sin salir del país. Era conveniente, lógico y ampliamente utilizado por estudiantes, trabajadores temporales y turistas.
El representante del USCIS, Zach Kahler, declaró abiertamente que los titulares de visas temporales vienen a Estados Unidos "por un corto tiempo y con un propósito específico", y que estas visitas "no deberían ser el primer paso en el proceso de la Tarjeta Verde". Según la agencia, transferir más casos al extranjero también liberará recursos del USCIS y permitirá centrarse en el procesamiento de solicitudes de ciudadanía, así como en la protección de las víctimas de trata de personas y delitos.
Sin embargo, los críticos creen que la nueva retórica es deliberadamente más severa que las consecuencias prácticas del memorándum. Algunos abogados de inmigración enfatizan que el documento no prohíbe automáticamente el Ajuste de Estatus, sino que eleva el umbral de discrecionalidad y obliga a los funcionarios del USCIS a evaluar cada caso individualmente.
¿A quién se aplica el memorándum?
El nuevo memorándum se aplica a todos los titulares de visas temporales (no inmigrantes) que planeaban obtener la residencia permanente (tarjeta verde) mientras se encontraban en Estados Unidos. Esto incluye a:
- Visas de estudiante F-1: quienes estudian en universidades y esperaban permanecer en el país tras graduarse mediante OPT o H-1B.
- Visas de trabajo H-1B, L-1 y O-1: especialistas patrocinados por empleadores estadounidenses.
- Visas de turista y de negocios B-1/B-2: quienes intentaron utilizar su estancia en el país para cambiar su estatus migratorio.
- Familiares dependientes: titulares de visas H-4, L-2 y otras visas derivadas.
Cabe destacar la particularidad de las visas de doble intención, especialmente las H-1B y L-1. El memorándum indica directamente que, para estas categorías, solicitar el ajuste de estatus no contradice la condición de residente temporal. Es decir, para los titulares de visas H-1B y L-1, el impacto práctico podría ser menor que para los estudiantes o turistas.
En el artículo anterior hablamos de la visa H-1B para Estados Unidos, una de las formas más populares de obtener empleo legal.
Lo que no está claro ahora y por qué importa
El memorándum deja sin respuesta varias preguntas clave que ya generan preocupación entre abogados y solicitantes.
No se definen las "circunstancias extraordinarias". El documento no contiene una lista clara de lo que se considera motivo suficiente para procesar un ajuste de estatus dentro de Estados Unidos. Esto significa que la decisión dependerá del funcionario y de cada caso particular.
Las solicitudes I-485 ya presentadas se encuentran en una zona gris. A diferencia de algunos cambios anteriores en la política del USCIS, el memorándum no incluye una cláusula de derechos adquiridos, es decir, una protección explícita para las solicitudes ya presentadas. Esto significa que una persona que presentó una I-485 hace un mes podría enfrentar un mayor escrutinio o investigaciones adicionales.
Se prevén impugnaciones legales. Varias organizaciones de inmigrantes ya han anunciado su intención de impugnar el memorándum ante los tribunales. El tiempo dirá cómo evolucionará la situación.
Anteriormente informamos que Estados Unidos ya ha suspendido la emisión de visas de inmigrante para 75 países.
¿Qué significa esto en la práctica?
Para quienes aún deban someterse al trámite consular, el proceso será diferente. En lugar de presentar el Formulario I-485 y esperar una decisión en Estados Unidos, el solicitante:
1. Regresa a su país.
2. Envía la documentación a través del Centro Nacional de Visas (CNV) del Departamento de Estado.
3. Tiene una entrevista en el consulado o embajada estadounidense correspondiente.
4. Recibe una visa de inmigrante y regresa a Estados Unidos como residente permanente.
Innovación importante: a partir del 1 de noviembre de 2025, el Centro Nacional de Visas, por regla general, programará las entrevistas en el distrito consular del lugar de residencia del solicitante o en su país de ciudadanía. Solo se contemplan excepciones en casos de emergencias humanitarias o médicas.
Esto añade nuevas variables al proceso: la duración de la espera en un consulado específico, el riesgo de una revisión administrativa y el costo del regreso al país de origen para toda la familia que ya reside en Estados Unidos.
¿Qué es el programa Visa Bond en EE. UU. 2026? Lea aquí.
¿Qué hacer ahora?
Si se encuentra en EE. UU. con una visa temporal y planea obtener la residencia permanente, preste atención a lo siguiente:
1. No tome medidas drásticas precipitadamente. No abandone EE. UU., no retire las solicitudes ya presentadas ni deje de trabajar únicamente por esta noticia. El procedimiento para aplicar el memorándum aún no está establecido.
2. Contacte a un abogado de inmigración con licencia. La conclusión clave del memorándum para quienes aún no han presentado documentos es que la solicitud de la tarjeta de residencia debe contener argumentos claros que justifiquen su tramitación en EE. UU. Sin asesoramiento profesional, esto resulta mucho más difícil.
3. Mantenga sus documentos en orden. Su historial de visas, registros laborales, declaraciones de impuestos y demás evidencia de su presencia legal en el país adquieren mayor relevancia.
4. Manténgase informado. La situación podría cambiar debido a fallos judiciales, aclaraciones adicionales del USCIS o nuevas iniciativas legislativas.
Contexto general: una tendencia, no una excepción
Para quienes siguen de cerca la política migratoria estadounidense, el memorando de mayo de 2026 no resulta sorprendente. Se enmarca dentro de una estrategia coherente: diferenciar entre migración temporal y residencia permanente, incluso para profesionales altamente cualificados y estudiantes.
Washington transmite cada vez con mayor claridad un mensaje: una visa temporal es una visa temporal. Y si bien el mercado laboral estadounidense sigue necesitando profesionales extranjeros, el camino desde la condición de visitante hasta la residencia permanente se está volviendo cada vez más complicado.
Para cientos de miles de personas en todo el mundo, esto implica más planificación, mayores costos y mayor incertidumbre. Pero también significa que contar con asesoría legal competente deja de ser un lujo para convertirse en una necesidad.
Las nuevas normas del USCIS para obtener la tarjeta de residencia permanente demuestran que la autogestión de los trámites migratorios puede resultar muy costosa. El Memorando PM-602-0199 no solo complica el cambio de estatus dentro de Estados Unidos, sino que también exige que el solicitante exponga claramente la base legal de su caso; sin esto, las posibilidades de aprobación se reducen significativamente.
Un abogado de migración es un especialista que sabe cómo redactar adecuadamente dicha justificación, qué documentos fortalecerán su solicitud y qué estrategia —ajuste de estatus o trámite consular— es la más adecuada para su situación. Si ya se encuentra en Estados Unidos o está planificando su camino hacia la residencia permanente, no permita que los cambios burocráticos detengan sus planes.
Contacte a un abogado de migración para una consulta personalizada y proteja su estatus migratorio.
¡Le recordamos! Estados Unidos ha implementado nuevas y más estrictas normas para cruzar la frontera para personas que no son ciudadanas estadounidenses. Aquí le informamos sobre las nuevas condiciones de entrada de extranjeros a Estados Unidos en 2026.
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Preguntas
frecuentes
¿Significa el nuevo memorando de USCIS que el Ajuste de Estatus (cambio de estatus dentro de EE. UU.) está completamente prohibido?
¿Cuál es la diferencia entre el Ajuste de Estatus y el Procesamiento Consular – y cuál es mejor?
¿Cómo afecta el memorando a aquellos que ya han presentado el Formulario I-485?
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